Recordatorio de las ayudas aprobadas por el Gobierno para los afectados por la crisis

Desde Comercio Jaén queremos enviarte una recopilación de todas las ayudas que, hasta ahora, han aprobado para los autónomos y las pymes, que son los colectivos más vulnerables por la falta de recursos con los que hacer frente a la crisis y las dificultades para acceder a las prestaciones.

– Cese de actividad. Los autónomos que vean reducidos sus ingresos un 75% pueden acceder al conocido como “paro de los autónomos”. La cuantía se basa en la media mensual de cotización de los últimos seis meses. El 80% de este colectivo cotiza por la mínima, por lo tanto, la media de la prestación son unos 660 euros mensuales. Para poder optar al cese de actividad es necesario estar al día en los pagos a la Seguridad Social y haber estado dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) el 14 de marzo (día del decreto del estado de alarma)

– Declaración de los impuestos aplazada. El plazo de presentación de declaraciones y autoliquidaciones trimestrales del IVA, pago fraccionado de sociedades e IRPF, que había que abonar el 20 de abril, se pasa al 20 de mayo.

– Moratoria fiscal. También se puede posponer el pago de impuestos cuyo plazo de declaración se encuentre entre el 14 de marzo y el 30 de mayo de 2020. Se puede aplazar un máximo de 30.000 euros y siempre con un volumen de operaciones inferior a 6.010.121,04 euros. El aplazamiento corresponde a las retenciones e ingresos a cuenta (modelos 111, 115 y 123), pagos fraccionados del IRPF (modelos 130 y 131), impuesto de sociedades (modelo 202) y declaración trimestral de IVA (modelo 303). El máximo son seis meses, con los tres primeros de carencia. Es decir, los tres primeros meses no hay intereses; entre tres y seis, están bonificados, y a partir de seis meses, se pagaría la mitad de lo habitual.

– Tributación por módulos. Quienes tributen por módulos podrán acogerse al sistema de estimación directa sin la obligación de permanecer tres años.

– Aplazamientos. Los autónomos podrán diferir las deudas que ya se tuvieran con la Seguridad Social. Los ingresos a realizar entre abril y junio de 2020 podrán aplazarse, aplicando un 0,5% de intereses.

– Moratoria de las cuotas a la Seguridad Social. A falta de que se especifiquen las condiciones, ya se puede adelantar que podrán ingresar las cuotas de la Seguridad Social de mayo, junio y julio de 2020 en los meses de noviembre, diciembre y Autónomos y pymes son los colectivos más vulnerables enero de 2021, respectivamente, de forma simultánea con las cuotas de esos mismos meses.

– Planes de pensiones. Los autónomos o empresarios que se hayan visto obligados a cerrar sus negocios pueden acceder al rescate de sus planes de pensiones.

– Hipotecas. Se suspenden los pagos de las hipotecas durante tres meses para los autónomos afectados.

Para ello, deberán presentar una declaración responsable que acredite la vulnerabilidad. En la moratoria también se incluyen las hipotecas de inmuebles relacionados con la actividad económica.

– Bono social eléctrico. Destinado a quienes hayan tenido que cesar su actividad o reducido sus ingresos en un 75%. Podrán suspender las facturas de los suministros de gas y electricidad durante seis meses.

– Contagiados por coronavirus. El Covid-19 será considerado como accidente laboral y no como enfermedad común. Por tanto, podrán cobrar una prestación por baja laboral.

Para los autónomos que cotizan por la base mínima es de 23,61 euros por cada día que se esté de baja. Si no, la prestación se recibe desde el cuarto día y la cuantía es el 60% de la base reguladora.

– Financiación. El Gobierno ha anunciado una serie de avales que cubrirán el 80% de los riesgos que se asocien a los préstamos que las entidades bancarias concedan a autónomos y pymes.

– Bonificaciones en contratos anteriores. Especialmente para sectores como la hostelería o el comercio.

Los contratos fijos discontinuos con anterioridad a la crisis del coronavirus venían acompañados de ciertas bonificaciones. Estas ayudas se mantienen para todos los contratos firmados hasta junio.

– Por su parte, Hacienda va a aplazar el reembolso de los préstamos que las comunidades autónomas o las locales hayan hecho a autónomos y pymes afectados por el Covid-19. Se pueden diferir los pagos y sus intereses y abonarlos a lo largo del presente ejercicio.

Hasta hoy, estas son las prestaciones a las que autónomos y empresarios pueden acceder, aunque puede haber ampliación en los próximos días.

-Ayudas de la luz. Aplazar el pago de la factura de la luz, flexibilizar los contratos de gas natural o suspender el suministro son algunas de las facilidades disponibles durante el estado de alarma. La medida se aplica solo a pymes y autónomos y uno de los requisitos para acceder a ella es que sean facturas del local donde el empresario realiza su actividad económica y que afecten al periodo de alarma. Las facturas seguirán llegando pero no se cobrarán y, una vez que se desactive el estado de alarma, el importe de las mismas se dividirá en seis partes.

– El sistema RED de la Seguridad Social amplía funciones. Con este sistema, pymes y autónomos pueden realizar más trámites de manera telemática durante la crisis. Las personas autorizadas podrán solicitar aplazamientos, moratorias y devoluciones de ingresos para empresas y profesionales del RETA, tras la aprobación de las medidas extraordinarias del pasado 30 de marzo por el Gobierno.

RED es un servicio de la Tesorería General de la Seguridad Social que permite el contacto directo y el intercambio de información y documentación sin necesidad de acudir a una sucursal.

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