IV Acuerdo social en defensa del empleo. Prórroga de Ertes

Por considerarlo de interés y a la espera de su publicación en el Boletín Oficial del Estado,te adjunto documento resumen elaborado por CEOE sobre los aspectos fundamentales del IV Acuerdo Social en Defensa del Empleo alcanzado entre los Interlocutores Sociales y el Gobierno el pasado día 19 de enero y que supone una prórroga del mecanismo de los ERTES hasta el 31 de mayo de 2021. Dicho Acuerdo ha sido ratificado por unanimidad por los órganos de gobierno de CEOE y CEPYME.

Los aspectos fundamentales del acuerdo son:

1.-La prórroga automática de todos los ERTEs de fuerza mayor vigentes basados en el Art. 22 del RDL 8/2020

2.-Se prorrogan también automáticamente todos los ERTEs por impedimento en el desarrollo de la actividad y por limitación al desarrollo normalizado de la actividad manteniéndose las exoneraciones hasta el 31 de mayo de 2021. Se tendrá que hacer una sencilla comunicación de prorroga a la Autoridad Laboral y a los trabajadores afectados.

3.- Con respecto a la modalidad de Ertes de CNAE, se adopta un nuevo listado de CNAES teniendo en cuenta el criterio del 15% de trabajadores en Erte y el 70% de la tasa  de recuperación.

4.-Se mantiene la regulación de los denominados ERTEs por causa ETOP (Técnicas económicas y productivas).

5.-Se podrán presentar nuevos ERTEs de fuerza mayor por impedimento o por limitación con los requisitos y exoneraciones de cuotas que se contienen.

6.-Se renueva el compromiso de mantenimiento del empleo por seis meses más, de aquellas empresas que decidan acogerse a exoneraciones o no renunciar a las mismas, se mantiene la prohibición de despedir, de realizar nuevas contrataciones salvo excepciones, de realizar horas extras, del reparto de dividendos, etc.

7.-La prestación de desempleo de los trabajadores en ERTE se mantiene en el 70% y se mantiene el denominado contador a cero de dichas prestaciones.

8.-No será necesario realizar nuevamente la presentación por la empresa de una nueva solicitud colectiva de prestación al SEPE de los trabajadores en ERTE.

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